02 abril 2009

Una esquina sobre licencias: OpenProj

Hace un par de días estuve buscando un programa libre para poder generar diagramas Grantt. El caso es que dí con OpenProj, en principio se define como un programa libre y open source. Su código está disponible y licenciado bajo Common Public Attribution License ("CPAL"). De esta licencia comentaré algunos detalles un poco más abajo.

La sorpresa, y el motivo de este post, es que según instalo y ejecuto la aplicación, me sale una ventana mostrándome la licencia CPAL junto con dos botones "Accept" y "Cancel", ¿cuanto menos chocante verdad? Sobre todo por lo que hemos visto en clase sobre este tema. Tampoco pasaría nada si saliera la Licencia a modo informativo, pero el problema es que si le doy a "Cancel" se cierra la aplicación y no puedo usarla. Es decir, para usar OpenProj necesitamos aceptar que hemos leído y entendido la licencia, pero ... ¿¿ésto no era propio de las licencia y software privativos??

Buscando información sobre CPAL veo que se basa en la Mozilla Public License (MPL), lo que se denominada derivación con atribución (
badgeware). La CPAL ha sido aprobada por la Open Source Initiative en 2007 (recientemente). Parece que el uso típico de esta licencia es para que los autores originales se aseguren de que por muchas modificaciones que sufra el software, siga apareciendo su logo/nombre/licencia en el splash screen.

El párrafo controvertido de la licencia es el siguiente (para más info ver
el punto 14 de la licencia: ADDITIONAL TERM: ATTRIBUTION):

[…] the Original Developer may include […] a requirement that each time an Executable and Source Code or a Larger Work is launched or initially run […] a prominent display of the Original Developer's Attribution Information […] must occur on the graphic user interface employed by the end user to access such Covered Code […]

Parece que después de todo y aunque si no acepto la licencia no puedo ejecutar el programa ... si es software libre, al menos según la OSI y la FSF. Sin embargo para Debian no es una licencia libre y aparecería en su rama non-free ya que no cumple las Debian Free Software Guidelines.

No obstante sigo con una duda después de leerme el párrafo conflictivo de la CPAL. Este párrafo habla de que tienes que asegurarte que la atribución del autor original no sea más pequeña que la de otros autores (por ejemplo logos), habla de que siempre tiene que aparecer la atribución del autor original, incluso también habla de que hay que asegurarse de que este mensaje de atribución salga durante un tiempo razonable para que el usuario pueda verlo. Ahora bien, no habla en ningún momento de obligar al usuario final a "aceptar" dicho mensaje de atribución para usar el programa.

¿Podríamos considerar que este software en verdad no es Free Software ya que implementa una licencia de uso que nos obliga a aceptarla para poder usar el software?

3 comentarios:

Unknown dijo...

El caso no me parece tan esquinado (yo considero casos esquinados cuando la FSF y la OSI no coinciden): el software libre acepta algunos requisitos extra, siempre y cuando no invaliden las cuatro libertades. Los EULAs son molestos (e inútiles) pero no imponen ningún requisito posterior a su uso, y menos si no está siquiera en la licencia. Piensa que no es distinto a que una web te pida alguna condición (como estar registrado) para poder descargar su software libre. La previa aceptación de ello, y una vez que lo tienes, no te despoja de ninguna de las cuatro libertades. La MsPL (Microsoft Public License) es un ejemplo de licencia aceptada por la OSI con un EULA (pero la licencia solo dice que el hecho de usarlo implica su aceptación, por lo que podría igualmente suprimirse cualquier aviso tipo eula, pues es solo informativo). En el caso que citas de la CPAL, si no aparece la obligación de aceptar la licencia en el propio texto de la licencia, podría igualmente suprimirse y recompilarse sin el molesto aviso, una vez aceptado el EULA (o sin aceptarlo, si simplemente te descargas las fuentes).

Lo de la sección sobre la atribución es un asunto distinto y ciertamente extraño, aunque sigue sin impedirte ejercer tus libertades, por lo cual yo daría por bueno el criterio de la OSI y la FSF.

Israel Herraiz dijo...

Son diagramas Gantt, no Grantt.

Anonimo dijo...

Alguien sabe, después de entender la licencia, si se puede utilizar este programa (OpenProj) para uso comercial?

Gracias